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Camiones doblemente articulados no transportarán sustancias peligrosas

La Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, presidida por el diputado Juan Carlos Muñoz Márquez, aprobó diversos proyectos de dictámenes relacionados con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (LCPyAF), entre los que resalta la iniciativa que reforma el artículo 50 que contempla que la transportación de sustancias, materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos, no podrán transportarse en vehículos doblemente articulados en ninguna carretera o autopista de jurisdicción federal.

 

         Los integrantes de la comisión legislativa aprobaron además el dictamen que plantea que los vehículos doblemente articulados, transiten sólo en carreteras tipo ET y A de dos o más carriles en un mismo sentido.

 

         Asimismo en materia de conectividad entre caminos federales para el transporte doblemente articulado de una autopista a otra, los diputados proponen que estos vehículos obtengan permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), siempre y cuando no exceda 50 kilómetros lineales en ambos sentidos.

 

         Permiso que, indica la Comisión, sólo podrá ser otorgado en caminos clasificados como tipo B haciendo corresponsables al permisionario y al propietario de la carga, de los daños y perjuicios que se ocasione a terceros por cualquier hecho que se produzca durante la circulación del vehículo que cuente con dicho permiso de conectividad.

        Sus artículos transitorios señalan que dentro de los 10 días hábiles de la publicación del decreto, dejarán de circular por las vías generales los vehículos articulados que transporten sustancias peligrosas, clasificadas como explosivos, gases flamables, gas LP o doméstico, agentes infecciosos, radiactivos y corrosivos. En tanto las unidades doblemente articuladas que transporten gasolina, diesel, turbosina y combustóleo, dejarán de circular por estas vías en un periodo máximo de 5 años.

 

         Entre otras modificaciones a la LCPyAF, en su artículo 25, está la homologación de la red carretera nacional, al considerar prioritario que las carreteras estatales y municipales que presentan conectividad y articulación con las de jurisdicción federal, cuenten con la armonización de criterios generales que permitan establecer las mismas características y especificaciones  técnicas en su construcción y mantenimiento de las misma por la seguridad de los usuarios.

 

        La iniciativa presentada por el diputado Genaro Carreño Muro, del PAN, dictamina que en materia de carreteras, se establezcan las mismas especificaciones técnicas y estructurales que aplica la Secretaria de Comunicaciones y Transportes en sus características físicas, en la pavimentación y conservación de la red nacional.

 

       En cuanto a la Ley de Aviación Civil se aprobó una reforma al artículo 47, que modifica el doble trámite que deben efectuar los propietarios de aeronaves, respecto las pólizas de seguro y los certificados de aeronavegabilidad que requieren para poder operar, mismas que son registrados en la Unidad de Transporte Aéreo de la SCT, además de llevar acabo similar trámite en el Registro Aeronáutico Mexicano de la misma dependencia.