Actualmente uno de los temas más coyunturales para toda Estación de Servicio, es lo relacionado a la calidad y procedencia del combustible que comercializa. Desde hace poco más de un año la autoridad en México ha puesto especial énfasis en establecer mecanismos de trazabilidad del hidrocarburo que brinden certeza tanto al regulado como a la autoridad de la procedencia del mismo y por lo tanto al consumidor final.
La observancia y cumplimento de los controles volumétricos como de los lineamientos que establece la NOM-016-CRE-2016 referente a la calidad de petrolíferos es una de los elementos del actual marco regulatorio que deben observar las poco más de 14,000 estaciones de servicio de todo méxico.
De acuerdo con Enrique Loyo, director general de UV Consulting: “Es importante que los permisionarios tengan claro la importancia que tiene para el sector de hidrocarburos el que se mantengan al día en el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la determinación de las especificaciones de calidad de los petrolíferos. Observar esto no solo habla bien de un permisionario son que es vital para asegurar la continuidad de la operación de su negocio y brindar certeza a los consumidores contribuyendo al adecuado funcionamiento del mercado”.
Especialistas de UV Consulting recomiendan a los permisionarios, que tengan al dia los informes de resultados que acrediten la realización del muestreo y la determinación de las especificaciones de calidad de los petrolíferos, emitidos por laboratorios acreditados conforme a la normatividad aplicable.
Para efectos de este año, esta obligación debió presentarse a más tardar el 31 de Marzo del 2026, por lo que si un dueño de gasolinera permanece sin estar al corriente podría hacerse acreedor a multas económicas altas y sanciones de parte de la CNE que pueden derivar hasta en el cierre de una gasolinera.
A lo largo del año la autoridad realiza inspecciones a las gasolineras, para ver su cumplimiento en este rubro sin que exista un calendario previamente publicado, por lo que es vital que todo permisionario se encuentre al dia en la presentación de esta obligación asesorándose de empresas serias y unidades de inspección
El dictamen de cumplimiento de la NOM-016-CRE-2016 debe presentarse anualmente dentro de los primeros tres meses posteriores al año calendario verificado, mediante los mecanismos establecidos por la autoridad competente y con el respaldo de una Unidad de Inspección acreditada.
El directivo reiteró que el cumplimiento oportuno de estas obligaciones fortalece la confianza en el sector energético, promueve la transparencia y contribuye a garantizar la calidad de los combustibles que se comercializan en el país.




